El desarrollo y definición del proyecto de creación de la nueva empresa innovadora o de la nueva unidad de negocio en los proyectos innovadores de intraemprendimiento. Se consideran empresas innovadoras aquellas que incorporan elementos novedosos en productos, procesos o servicios en el mercado de Bizkaia, con gran potencial de generación de riqueza, que aporten valor añadido, tengan expectativas de viabilidad y favorezcan los objetivos de este decreto. Se considerarán los siguientes gastos subvencionables:
  • Estudios de viabilidad, de mercado y estudios de marketing, así como informes técnicos; desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto o servicio; asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto; protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones y viajes y asistencia a ferias para el desarrollo del proyecto. En el caso de nuevas empresas innovadoras, arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia.
Los gastos deberán realizarse entre el 01/01/2023 y el 31/12/2025 y estar efectivamente pagados el 31/01/2026.